jueves 15 de enero de 2026 - Edición Nº500

Actualidad | 15 ene 2026

Fiscalización

ONPE exige a partidos políticos rendir cuentas por casi S/ 8 millones en fondos públicos

8:41 |Diez organizaciones con representación en el Congreso deberán sustentar el uso del financiamiento estatal recibido en el segundo semestre de 2025.


Por: Redacción TopNews

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) informó que diez partidos políticos están obligados a presentar su rendición de cuentas por el uso del financiamiento público directo correspondiente al segundo semestre de 2025. El plazo máximo para cumplir con esta obligación vence el 15 de enero de 2026, de acuerdo con el Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios (RFSFP).

 

Más de S/ 7,7 millones entregados por el Estado

El monto total asignado a las organizaciones políticas asciende a S/ 7.798.001,64, recursos que fueron transferidos mensualmente a las cuentas bancarias de los partidos con representación en el Congreso, siempre que cumplieran los requisitos establecidos por la normativa vigente.

Partidos que recibieron financiamiento

Las organizaciones beneficiadas y los montos asignados son:

  • Perú Libre: S/ 1.075.639,61

  • Fuerza Popular: S/ 957.530,59

  • Renovación Popular: S/ 843.268,72

  • Acción Popular: S/ 825.571,60

  • Alianza para el Progreso: S/ 741.414,23

  • Avanza País – Partido de Integración Social: S/ 741.130,77

  • Juntos por el Perú: S/ 687.321,48

  • Somos Perú: S/ 661.153,18

  • Podemos Perú: S/ 644.211,68

  • Partido Morado: S/ 620.759,78

 

Criterio para el cálculo del financiamiento

La ONPE precisó que el cálculo de los montos se realizó conforme al artículo 29 de la Ley de Organizaciones Políticas (LOP), el cual establece que el financiamiento público directo se determina multiplicando el total de votos válidos al Congreso por el 0,1 % de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT).

Una vez ejecutado el gasto, los partidos deben presentar una rendición detallada ante la ONPE. La Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios (GSFP) es la encargada de evaluar la documentación y verificar el cumplimiento de la LOP y del RFSFP.

Tras el análisis, la GSFP emite un informe que puede dar lugar a un procedimiento administrativo sancionador si se detectan irregularidades.

 

Destino obligatorio del financiamiento

La legislación dispone que al menos el 50 % del financiamiento debe destinarse a actividades de formación, capacitación, investigación y difusión, bajo criterios de paridad, igualdad y no discriminación. Estas acciones pueden incluir encuestas, análisis de datos, desarrollo de herramientas digitales y publicaciones institucionales.

El monto restante puede utilizarse en gastos de funcionamiento ordinario, adquisición de bienes, contratación de personal y servicios, así como asesoría legal para dirigentes y representantes partidarios.

La ONPE advirtió que los recursos no pueden emplearse con fines de lucro ni para actividades distintas a las autorizadas por ley. El incumplimiento constituye una infracción muy grave y puede ser sancionado con multas de 31 a 100 UIT, además de la pérdida del derecho a recibir financiamiento público en el futuro.

Al cierre de cada ejercicio anual, la ONPE publica un informe consolidado de verificación financiera. El objetivo del financiamiento público directo es fortalecer la institucionalidad de los partidos políticos y garantizar la transparencia en el uso de recursos del Estado.

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