Por: Redacción Top News
El Gobierno promulgó la Ley Nº 32537, que amplía la vigencia del proceso de formalización minera en el país hasta el 31 de diciembre de 2026. La norma fue publicada este viernes en el diario oficial El Peruano y busca dar continuidad al proceso para miles de pequeños y artesanales mineros que aún no culminan su regularización.
La ampliación estará vigente hasta la fecha señalada o hasta la entrada en vigor de la Ley de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (MAPE) y su respectivo reglamento, lo que ocurra primero.
La ley modifica el artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 1293, que declaró de interés nacional la formalización de la pequeña minería y minería artesanal. Con ello, se establece un nuevo horizonte para concluir un proceso que ha sido prorrogado en diversas ocasiones debido a las dificultades para cumplir con los requisitos ambientales, técnicos y administrativos.
El Poder Ejecutivo tendrá un plazo de 60 días para adecuar el reglamento del Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo) y emitir disposiciones complementarias. El Ministerio de Energía y Minas (Minem) asumirá el rol de ente rector, coordinando con los gobiernos regionales para simplificar trámites, brindar asistencia técnica y fortalecer las capacidades de control ambiental y social.
Uno de los ejes centrales de la norma es la creación de un censo nacional de la pequeña minería y minería artesanal. Este estará a cargo del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), en coordinación con el Minem y el Ingemmet.
El censo deberá iniciarse en un plazo máximo de seis meses y concluir en no más de doce meses, con el objetivo de contar con una línea base real sobre los operadores, los territorios donde operan y sus condiciones productivas.
La ley también establece un proceso de sinceramiento para los titulares inscritos en el Reinfo. En un plazo de 120 días desde la entrada en vigor de la norma, deberán reportar de manera digital, a través de la Ventanilla Única de Formalización Minera, información clave como la ubicación georreferenciada, el yacimiento, el área operativa y las actividades que desarrollan.
El Minem evaluará esta información de forma técnica y objetiva y podrá requerir precisiones adicionales cuando lo considere necesario.
En el ámbito laboral, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) contará con 60 días para emitir el reglamento que permita verificar que los operadores inscritos incorporen a sus trabajadores en planilla, conforme a la normativa vigente.
Con estas disposiciones, el Ejecutivo busca que la formalización minera no solo sea administrativa, sino que también garantice condiciones laborales adecuadas y el acceso a la seguridad social.